DERECHOS INDIGENAS
    Se ha hablado mucho de los derechos Indígenas, de cómo son violadas sus costumbres y formas de vida distintas a nosotros,  preocupándonos por la forma de cómo sobrellevar esta  división que existe  entre ambos.
   Es claro que nuestros antepasados indígenas, han tenido un maltrato en su forma de vida, y nosotros no hemos hecho nada por remediar esta situación, tanto desus costumbres, abuso de su condición,  pobreza, desigualdad, no respetandos sus creencias, considerándolos inferiores algunas veces sin darnos cuenta que de ahí nació el México de hoy.
    Recientemente, México tuvo un desequilibrio social y económico a falta de atención a este problema que ha existido desde la conquista,  se dice que existió un Derecho Indiano que protegía a  los indios de Occidente, pero nunca llego a ser autónomo que es lo que se pide y que hasta la fecha no creo que se de.
    Chiapas un estado, repleto de terratenientes que abusaba de la ignorancia de los indígenas y su condición, siendo posible una guerrilla a consecuencia de la desigualdad existente es por ello que en  diciembre de 1994, fue el estado más conocido al surgir la Guerrilla; un grupo de Zapatistas llamado EZLN, (Ejercito Zapatista de Liberación Nacional), tratando de defender los derechos de estos, su igualdad ante el estado, respeto a su cultura y sobre todo la autonomía con relación al estado; cosa que hasta hoy no se ha dado, el gobierno no permitirá que sé de esta autonomía, solo permitío la reforma al articulo 4 constitucional, que dice: “La nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblo indígenas. La ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, cultura, usos, costumbres, recursos y formas específicas de organización social, y garantizará a sus integrantes el efectivo  acceso a la jurisdicción del Estado........” “  .... “.......”.   Como he dicho anteriormente, el gobierno no ha hecho nada por remediar la situación del Indígena, ningún tribunal Mexicano, prevé una justicia justa, porque no hay personal capacitado, para llevar un juicio justo, es por eso que en el estado de Coahuila con los Tarahumaras; existen cárceles saturadas,  de Indígenas, solo por delitos, que para ellos dentro de sus costumbres es permitido y para nuestra legislación esta sancionado, además que no hay personal capacitado, ya que la autoridad no sabe el idioma indígena de la región y desde luego ellos no dominan el idioma español, el gobierno no se ha preocupado en gran parte por ello siendo que en la constitución sustenta que  la ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, cultura, usos, costumbres, recursos y formas específicas de organización socia, y garantizará a sus integrantes el efectivo  acceso a la jurisdicción del Estado........”, siendo por ello una violación constitucional y además violatoria de las garantías individuales que consagra nuestra Ley Suprema.

    La Comunidad Internacional dentro de los Derechos Naturales del Hombre, dispone en el pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y el Pacto de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, dispone en el artículo 1, “Todo los pueblos tienen derecho a la libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y  prevén  así mismos su desarrollo económico, social  y cultural. En la Iniciativa de la COCOPA, tomaba como base la autonomía como pueblo indígena, siendo que solo es permitido el municipio libre, sustentado en el artículo 25 de la constitución, dejando en claro esta autonomía “Corresponde al Estado la rectoría  del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral, que fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo  y una justa distribución del ingreso y la riqueza, permitirá el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.
    Los indígenas no piden otra cosa que no sea ajeno a sus derechos, solo piden igualdad y respeto, sin embargo esto no se da, ningún municipio tiene la libre determinación, de sus recursos, el país esta manejado en forma centralista, es una incongruencia ya que Chiapas constituye unos de los estados más ricos en recursos naturales y productivos del país.
    El estallido en Chiapas fue un llamado, un grito ante las injusticias por las que pasa su población indígena de ser un estado olvidado por los mexicanos llega a ser hoy unos de los más conocidos a causa de la Guerrilla.
 

Asesor de la Comisión de Asuntos Indígenas del
H. CONGRESO DE LA UNION
 

La presencia de los pueblos indígenas en el ámbito nacional e internacional
En los albores del siglo XXI, la participación de los pueblos indígenas se incrementa de manera considerable día a día.
La historia del movimiento indígena ha sido permanente. Pero por ahora, me referiré en general en tres escenarios del mismo: a partir de mediados de la década de los setenta, hasta la actualidad, aunque antes, es necesario mencionar dos decididos aportes: el surgimiento del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), el 1 de enero de 1994, enarbolando las demandas indígenas y la resolución de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías de la Organización de las Naciones Unidas, contra el Gobierno de México por la Sistemática Violación de los Derechos Humanos en particular de los Pueblos Indígenas, emitida el 20 de agosto de 1998.
En 1972, se realiza el primer Consejo Nacional de Pueblos Indígenas (CNPI), en Janitzio, Michoacán, bajo el auspicio del gobierno federal en una aparente preocupación del régimen para que los indígenas incursionaran en la vida política del país.
A partir de esa reunión se inicia la creación de Consejos Supremos en todo el país y en 1976, en Vacío, territorio del Pueblo Yaqui en el estado de Sonora, se reúnen el Servicio de Promotores y Maestros Bilingües, como lideres naturales de las comunidades para ser una fuerza determinante en las decisiones de políticas dirigidas hacia los pueblos indígenas.
Esfuerzos importantes se hicieron para perfilar las directrices del movimiento indígena. No obstante el férreo control del Estado hacia el Consejo Nacional de Pueblos Indígenas y la misma pretensión con la Alianza de Profesionales Indígenas Bilingües (APIBAC), ambas organizaciones realizaron valiosas contribuciones a las reivindicaciones de sus pueblos y comunidades, en áreas de desarrollo, participación regional, educación, cultura, lenguas y en general iniciaron la creación de la política indígena.
A finales de los años ochenta dio inicio la efervescencia ante la celebración de los gobiernos de América, España y otros países, del llamado "Encuentro de Dos Mundos", al cumplirse los 500 años de la llegada de los españoles a América, en octubre de 1992.
Este acontecimiento, marco una reagrupación opositora de los Pueblos Indígenas de América quienes se manifestaron abiertamente contra las festividades.
En México, se agruparon en torno al Consejo Mexicano 500 años de Resistencia Indígena Negra y Popular. Se realizaron reuniones, se manifestaron posturas criticas contra el gobierno federal, se reclamaron la autonomía y la libre determinación, así como la representación política de los pueblos indígenas en las Cámaras de Diputados Federal, la de Senadores y los Congresos Locales.
Pero es a partir de 1994 con la irrupción en torno al ejercito Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), cuando las demandas de los pueblos indígenas vuelven a fortalecerse.
De manera significativa la atención para con los pueblos indígenas se incremento, aunque la militarización y la sistemática violación de sus derechos ancestrales, territoriales y físicos aumentaron considerablemente.
La mesa uno del dialogo sobre Cultura y Derechos indígenas es testimonio fiel de la simpatía de los indígenas hacia el EZLN. Si bien su lucha se da mas en la vida civil, los pueblos indígenas manifiestan su total respaldo a los zapatistas.
EL 16 de febrero de 1996, se firmaron los acuerdos alcanzados entre el EZLN y el gobierno federal y a petición de las partes la Comisión de Concordia y Pacificación (COCOPA) elaboro una iniciativa de ley sobre Derechos y Cultura de los Pueblos Indígenas.
 

Ley de Derechos, Cultura y Organización Indígena del Estado de Quintana Roo
TITULO PRIMERO
OBJETO Y BASES
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Esta Ley es de orden público e interés social y reglamentaria del último párrafo del Artículo 13 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, por tanto, es obligación de las autoridades estatales y de la sociedad en general, observar y cumplir sus preceptos.
Artículo 2.- La presente Ley tiene por objeto el reconocimiento, preservación y defensa de los derechos y cultura de los indígenas del Estado de Quintana Roo, así como el establecimiento de las obligaciones de la administración pública estatal y municipal, en la construcción de las relaciones con las comunidades indígenas y elevar el bienestar social de sus integrantes, promoviendo el desarrollo a través de programas y presupuestos específicos.
Artículo 3.- El Poder Ejecutivo, el Poder Judicial y los Municipios del Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias, tienen a su cargo la aplicación de la presente ley, a fin de asegurar el respeto de los derechos sociales de las comunidades indígenas mayas.
Artículo 4.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
I.-  Comunidad indígena maya: Es aquella, en la que sus individuos descienden de poblaciones que habitaban antes de iniciarse la colonización y que, cualquiera que sea su situación jurídica, conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas o parte de ellas.
II.-  Centro Ceremonial Maya: Es el lugar sagrado de los indígenas mayas en donde practican su religión, llevan a cabo sus ceremonias tradicionales y sus diversas expresiones culturales.
III.-  Dignatario Maya: Son los indígenas que tienen cargo y representación, en un centro ceremonial de acuerdo a sus usos, costumbres y tradiciones.
IV.-  Gran Consejo Maya:  Es el órgano máximo de representación de los indígenas mayas del Estado, integrado por los  dignatarios mayas representantes de los Centros Ceremoniales.
V.-  Festividades tradicionales: Son las ceremonias que se llevan a cabo periódicamente en donde se reúnen las comunidades mayas, para obtener beneficios para la humanidad, los indígenas mayas y la naturaleza.
Artículo 5.- La aplicación de las disposiciones de la presente ley, en el reconocimiento de los derechos, cultura y organización de los indígenas mayas se sujetará al respeto de los derechos humanos establecidos en el Convenio número 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes y las garantías individuales consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la del Estado de Quintana Roo.
Artículo 6.- Cuando se requiera acreditar la calidad de indígena en juicio o fuera de él, ésta se podrá acreditar con la constancia que al efecto expidan los jueces tradicionales, o a través de los medios de prueba previstos en el Código de Procedimientos Civiles del Estado.
CAPITULO II
RECONOCIMIENTO DE OTRAS ETNIAS
Artículo 7.- Los indígenas, cualquiera que sea su nacionalidad, que entren al territorio del
Estado de Quintana Roo, por este solo hecho, recibirán la protección de sus derechos, costumbres, usos, tradiciones e idioma que reconoce la presente Ley.
Artículo 8.- Los indígenas que se establezcan en el territorio del Estado de Quintana Roo,
tienen derecho a conservar sus costumbres, usos, tradiciones, idioma, religión, indumentaria y en general todos los rasgos culturales que los distingan, de conformidad con los principios que establece la presente Ley.
Artículo 9.- El Estado tiene la obligación de incluir dentro de sus Planes y Programas de desarrollo a las comunidades indígenas que se asimilen al Estado de Quintana Roo, en los términos del artículo 36 de la presente ley.
 
 
 
 

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